LLAMADO A LICITACION PUBLICA. PRESENTACION DE PROYECTOS PARA ADJUDICAR UN PERMISO DE PESCA DEPORTIVA DE DORADO




Promulgación: 12/08/2020
Publicación: 17/08/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de regular la pesca deportiva de Dorado con devolución en la Zona de Seguridad aguas abajo de la Represa de Salto Grande;

   RESULTANDO: que el referido recurso no ha sido explotado en los últimos años entendiéndose relevante impulsar la asignación del permiso respectivo a efectos de su aprovechamiento por quien resulte adjudicatario en el llamado que se aprobará;

   CONSIDERANDO: I) que la Ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013, declara de interés general la conservación, investigación, desarrollo sostenible y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y los ecosistemas que los contienen, reconociendo a la pesca y la acuicultura como actividades que fortalecen la soberanía territorial y alimentaria de la nación;

   II) que, conforme al artículo 44 de la Ley referida, la pesca deportiva puede ejercerse libremente, con excepción de aquellos casos en los que, en función de las zonas, especies, períodos y artes empleadas requieran previamente la obtención de permiso de pesca, lo que será reglamentado por el Poder Ejecutivo de conformidad con lo propuesto por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos;

   III) que atento a lo previsto en el Reglamento de Pesca y Devolución del Dorado en la Zona de seguridad aguas abajo de la Represa de Salto Grande, aprobado por Resolución N° 27 de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) de 12 de noviembre de 2004, en dicha zona la pesca deportiva solo se autorizará en las condiciones descriptas en el Reglamento;

   IV) que la actividad de pesca deportiva en su ámbito físico será realizada con la intervención de una entidad y/o asociación civil, con personería jurídica, habilitada por la autoridad competente de los Estados Parte, la cual podrá habilitar un permisionario;

   V) que resulta conveniente disponer el llamado a Licitación Pública y aprobar el referido Pliego de Condiciones, así como sus Anexos;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Dispónese un llamado a Licitación Pública a interesados en la presentación de Proyectos para adjudicar un Permiso de Pesca Deportiva de Dorado con devolución en la Zona de seguridad aguas abajo de la Represa de Salto Grande, de conformidad con el Reglamento de Pesca y Devolución de Dorado aprobado por la Comisión Administradora del Río Uruguay.

2

   Apruébase el Pliego de Condiciones Particulares que habrá de regir el referido llamado a Licitación, así como sus Anexos, (*) los que lucen adjuntos a la presente Resolución, formando parte de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

3

   Delégase en el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca la aprobación del proyecto y el otorgamiento del permiso de pesca.

4

   Comuníquese, publíquese, a cuyos efectos remítase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

   LACALLE POU LUIS - CARLOS MARÍA URIARTE
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