FIJACION DE MONTO DE LOS PREMIOS ANUALES DE LITERATURA Y REMUNERACION A LOS JURADOS. 1991




Promulgación: 13/10/1992
Publicación: 09/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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 La erogación resultante por concepto de Premios se atenderá con cargo al
Rubro 7, Renglón 779, de los Fondos Provenientes de la aplicación del Art.
244 del Decreto Ley 14.189, librándose los cheques correspondientes con
cargo a la Cuenta 33197/820 del Banco de la República Oriental del
Uruguay. 
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