FIJACION DE CAMBIOS EN EL PLAN NACIONAL DE NUMERACION PARA LOS SERVICIOS DE TELEFONIA QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 06/07/2015
Publicación: 14/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo N° 861/010 de 31 de mayo de 2010.

   RESULTANDO: I) Que por numeral 1° de la citada Resolución, se dispuso que el Plan Nacional de Numeración aprobado por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) N° 429/04 de 27 de diciembre de 2004 entraría en vigencia el día domingo 29 de agosto de 2010 a partir de la hora 2:00 AM;

   II) Que por el numeral 2° de la misma se postergó la entrada en vigencia de los cambios en la numeración en el Plano del 1, en el Servicio Especial 911 y en la numeración corta utilizada en celulares hasta el día 28 de agosto de 2012 a la hora 2:00 AM;

   III) Que por numeral 3° de la precitada Resolución N° 861/010 se dispuso la creación de una Comisión integrada por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) quien la presidirá, y la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el cometido de profundizar el estudio relativo al Plano del 1, los accesos vinculados al servicio 911 y la numeración corta utilizada por las redes celulares.

   CONSIDERANDO: I) Que la Comisión cuya creación se dispuso por el numeral 3° de la mencionada Resolución de Poder Ejecutivo N° 861/010 se integró y llevó adelante los trabajos para dar cumplimiento a los cometidos establecidos;

   II) Que como resultado de dichos trabajos la referida Comisión elaboró un informe en el cual se presentan propuestas con relación al Plano del 1, servicio especial 911 y números cortos en telefonía móvil celular que han sido revisadas y corregidas por la Dirección Nacional De Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual;

   III) Que es pertinente poner en vigencia disposiciones complementarias a lo previsto en el Plan Nacional de Numeración en lo concerniente al Plano del 1, servicio especial 911 y números cortos en telefonía móvil celular.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto N° 115/03 de 25 de marzo de 2003 y Resolución de URSEC N° 429/04 de 27 de diciembre de 2004 y demás normas modificativas y concordantes.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

1

   Disponer que la numeración en el Plano del 1 es de asignación exclusiva para servicios de telefonía fija. Dicha numeración será de asignación nacional, independientemente de que la atención sea nacional o local.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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