FIJACION DE MONTO DE LOS PREMIOS ANUALES DE LITERATURA Y REMUNERACION A LOS JURADOS. 1994




Promulgación: 12/07/1995
Publicación: 24/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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 La erogación resultante por concepto de Premios se atenderá con cargo al
Rubro 7, Renglón 779, de los Fondos Provenientes de la aplicación del Art.
244 del Decreto-Ley 14189 librándose los cheques correspondientes con
cargo a la Cuenta 33197/820 del Banco de la República Oriental del
Uruguay.
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