La empresa autorizada estará obligada a efectuar un depósito a cuenta de
las obligaciones pecuniarias por servicios regulatorios (que serán
oportunamente definidas) de U$S 5.000,00 (dólares americanos cinco mil
con 00/100), en los términos y condiciones que establezca la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).-