Ver vigencia: Resolución Nº 1.460/009 de 28/12/2009.
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Autorízase a HIPICA RIOPLATENSE URUGUAY S.A. a importar en régimen de
admisión temporaria, libre de todo gravamen, maquinarias y equipos y todo
otro bien imprescindible y requerido en forma transitoria, para la
ejecución de las obras comprometidas, por hasta un plazo que no podrá
exceder el de culminación de las obras, siempre que no se consuman
totalmente en la misma.