VISTO: la solicitud a fin de obtener autorización para la transferencia de acciones de la sociedad CABLE COLOR MARAGATO S.A., permisionaria del servicio de televisión para abonados en el departamento de San José, a favor de la Sra. Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla;
RESULTANDO: I) que, por Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de julio de 1993, se autorizó a CABLE COLOR MARAGATO S.A. a prestar el servicio de televisión para abonados en la ciudad de San José del departamento homónimo;
II) que por resolución del Poder Ejecutivo de 8 de abril de 2003, la sociedad está integrada por Nelsa Marbella Ríos Ilardulla con 60% de las acciones y Danilo Castellanos con 40% de las acciones;
CONSIDERANDO: I) que los interesados solicitaron autorización para realizar el negocio definitivo de transferencia a favor de la Sra. Nelsa Marbelia Ríos, en virtud del cual el capital accionario de CABLE COLOR MARAGATO S.A., quedará integrado por la citada como única accionista;
II) que, conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley N° 19.307, corresponde que el Poder Ejecutivo se pronuncie sobre la propuesta de transferencia solicitada;
III) que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Ley N° 19.307;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Autorízase la realización del negocio definitivo de transferencia del 40% de las acciones de la empresa CABLE COLOR MARAGATO S.A., permisionaria del servicio de televisión para abonados en la ciudad de San José, del departamento homónimo, a favor de Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla, en virtud del cual el capital accionario de la sociedad CABLE COLOR MARAGATO S.A., quedará integrado por la citada cesionaria con el 100% de las acciones.