PROYECTO EJECUTIVO
Thenon S.A. deberá presentar en un plazo máximo de 6 meses a partir de la
notificación de la presente resolución, el proyecto ejecutivo de las
obras de primera etapa y su cronograma de ejecución, para su aprobación
por el MTOP antes del inicio de la ejecución de las obras. La aprobación
del MTOP, se limitará a comprobar que se verifican los extremos de la
presente resolución, que se aplican las reglas del arte y que la
construcción de las obras no implicará riesgos para terceros.
La D.N.H tendrá un plazo de treinta días a partir de la recepción del
Proyecto Ejecutivo para formular observaciones al mismo. Transcurrido
dicho plazo sin que medien observaciones, el proyecto ejecutivo se
considerará expedito para su ejecución.
Este proyecto deberá incluir:
* Memoria Técnica, Memoria Descriptiva y Constructiva, incluyendo
cronograma de ejecución de obras y los planos de las obras portuarias
emplazadas tanto en el álveo como en tierra con sus respectivos
detalles.
* Normativa: se deberán indicar las especificaciones técnicas de uso
internacional que deban cumplir los materiales y los procesos
constructivos, así como referenciar el o los cuerpos Normativos en que
se basa el Proyecto.
* Plan de Mantenimiento de Obras e Instalaciones.
Thenon S.A. deberá realizar a su cargo las tareas de mantenimiento y
reparaciones necesarias para conservar las obras e instalaciones en
perfectas condiciones durante todo el plazo de la Concesión, conforme al
plan de mantenimiento del Proyecto.
El Proyecto Ejecutivo de las subsiguientes etapas deberá presentarse con
una antelación mínima de 90 días de la fecha prevista de iniciación de
las obras, conforme a lo establecido precedentemente.
En cualquier momento, la DNH podrá solicitar de manera fundada,
información técnica complementaria sobre los proyectos presentados, aún
con posterioridad a su aprobación, y Thenon S.A. estará obligada a
presentarla.