DRAGADO
Otórgase a Thenon S.A. un permiso precario y revocable para efectuar el
dragado del canal de acceso al puerto, el cual se define como el tramo
comprendido entre el canal principal de navegación del Río Uruguay y el
puerto M'Bopicuá según se detalla en el plano H 10490 incluido en el
Anexo II.
Para la ejecución de las obras de dragado, se deberá coordinar su
realización con la DNH en forma previa y cumplir con la normativa
vigente. Este dragado será por cuenta de Thenon S.A..
Thenon S.A. será responsable en todos los términos por el dragado de
apertura y de mantenimiento del canal de navegación de acceso al puerto y
donde sea necesario para llevar a cabo la construcción de las obras
previstas, con la aprobación previa de los organismos competentes.
El uso del canal dragado por Thenon S.A. no será exclusivo. Sin embargo,
la existencia de tráfico en el canal con otro destino diferente al puerto
de M'Bopicuá, deberá ser planteada al MTOP quien resolverá al respecto.