AUTORIZACION A THENON S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE M'BOPICUA




Promulgación: 07/03/2001
Publicación: 16/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 573
Referencias a toda la norma

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 DRAGADO
Otórgase a Thenon S.A. un permiso precario y revocable para efectuar el 
dragado del canal de acceso al puerto, el cual se define como el tramo 
comprendido entre el canal principal de navegación del Río Uruguay y el 
puerto M'Bopicuá según se detalla en el plano H 10490 incluido en el 
Anexo II.
Para la ejecución de las obras de dragado, se deberá coordinar su 
realización con la DNH en forma previa y cumplir con la normativa 
vigente. Este dragado será por cuenta de Thenon S.A..
Thenon S.A. será responsable en todos los términos por el dragado de 
apertura y de mantenimiento del canal de navegación de acceso al puerto y 
donde sea necesario para llevar a cabo la construcción de las obras 
previstas, con la aprobación previa de los organismos competentes.
El uso del canal dragado por Thenon S.A. no será exclusivo. Sin embargo, 
la existencia de tráfico en el canal con otro destino diferente al puerto 
de M'Bopicuá, deberá ser planteada al MTOP quien resolverá al respecto.
Referencias al numeral
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