PROPIEDAD DE LAS OBRAS
Todas las obras e instalaciones que se ejecuten en el álveo serán de
dominio público a la extinción de la concesión, sin derecho a
indemnización de especie alguna, teniendo Thenon S.A. su administración y
explotación mientras esté en vigencia la concesión.
De no mediar prórroga acordada por las partes según lo previsto en el
numeral 3º de la presente resolución, los predios, obras e instalaciones
que estén incluidos en el Area de Tierra del Recinto Portuario con
asiento en los padrones 1576 (parte) y 4034 (parte), podrán ser
expropiados total o parcialmente a favor del Estado, el que no tomará
efectiva posesión de los mismos mientras no abone la justa y previa
compensación que establece el art. 32 de la Constitución.