CONSTITUCION DEL NUEVO BANCO COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 31/12/2002
Publicación: 02/01/2003
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1814

CAPITULO IV - DE LAS ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS

1-9

ARTICULO 9º.- La convocatoria de las Asambleas, tanto Ordinarias como 
Extraordinarias, se hará por el Directorio por avisos publicados en el 
Diario Oficial y en otro diario durante tres días consecutivos, con una 
anticipación mínima y no mayor a la establecida por las disposiciones 
legales y reglamentarias vigentes. Contendrá la mención del carácter de 
la Asamblea, fecha, lugar, hora de reunión y orden del día. La Asamblea 
en segunda convocatoria, por haber fracasado la primera, deberá 
celebrarse dentro de los treinta días corridos siguientes y se efectuarán 
iguales publicaciones que para la primera. Sin embargo, ambas 
convocatorias podrán realizarse simultáneamente, pudiendo fijarse la 
Asamblea en segunda convocatoria para el mismo día, 1 (una) hora 
después.- (*)
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