La actualización de la gestión de los recursos humanos en la
Administración Central, deberá:
(a) orientarse hacia un proceso de mejora continua en el ejercicio de la
función pública en relación al ciudadano en general y a los usuarios
directos, y considerando su articulación con la gestión por
resultados, así como la gestión eficiente de los recursos,
identificando las áreas prioritarias y estableciendo metas para su
implementación;
(b) contemplar en las formas de actuación de la Administración Pública en
esta área, la concentración de las funciones de planificación,
coordinación, regulación y control en las instancias superiores de
dirección de los Incisos, y la descentralización en materia de toma
de decisiones operativas;
(c) incluir la instrumentación de sistemas centrales de información sobre
los recursos humanos para el conocimiento, evaluación y desarrollo de
prácticas de personal en los distintos Incisos;
(d) atender las necesidades y posibilidades de flexibilización de
procedimientos y prácticas de personal, las que se articularán con la
capacitación de los funcionarios públicos orientada a mejorar la
eficacia y eficiencia de la actuación de la Administración, lo que
será objeto de consideración expresa;
(e) en el ámbito de las retribuciones de los funcionarios públicos de la
Administración Central, propiciar una racionalización retributiva,
sobre la base de información veraz y confiable, estableciendo etapas
en su instrumentación y considerando su articulación con los
objetivos de eficiencia en la gestión de los recursos y la gestión
por resultados. Dicha racionalización no podrá generar costo
presupuestal ni de caja por Programa del Presupuesto Nacional, así
como no podrá significar modificación alguna en el total de las
retribuciones de los funcionario por todo concepto y fuente de
financiamiento.