ELABORACION DE UN ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACION DE LA GESTION DE RECURSOS HUMANOS EN EL ESTADO




Promulgación: 10/10/2001
Publicación: 19/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 936

2

   La actualización de la gestión de los recursos humanos en la 
Administración Central, deberá:
(a)  orientarse hacia un proceso de mejora continua en el ejercicio de la
     función pública en relación al ciudadano en general y a los usuarios
     directos, y considerando su articulación con la gestión por
     resultados, así como la gestión eficiente de los recursos,
     identificando las áreas prioritarias y estableciendo metas para su
     implementación;
(b)  contemplar en las formas de actuación de la Administración Pública en
     esta área, la concentración de las funciones de planificación,
     coordinación, regulación y control en las instancias superiores de
     dirección de los Incisos, y la descentralización en materia de toma
     de decisiones operativas;
(c)  incluir la instrumentación de sistemas centrales de información sobre
     los recursos humanos para el conocimiento, evaluación y desarrollo de
     prácticas de personal en los distintos Incisos;
(d)  atender las necesidades y posibilidades de flexibilización de
     procedimientos y prácticas de personal, las que se articularán con la
     capacitación de los funcionarios públicos orientada a mejorar la
     eficacia y eficiencia de la actuación de la Administración, lo que
     será objeto de consideración expresa;
(e)  en el ámbito de las retribuciones de los funcionarios públicos de la
     Administración Central, propiciar una racionalización retributiva,
     sobre la base de información veraz y confiable, estableciendo etapas
     en su instrumentación y considerando su articulación con los
     objetivos de eficiencia en la gestión de los recursos y la gestión
     por resultados. Dicha racionalización no podrá generar costo
     presupuestal ni de caja por Programa del Presupuesto Nacional, así
     como no podrá significar modificación alguna en el total de las
     retribuciones de los funcionario por todo concepto y fuente de
     financiamiento.
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