VISTO: la solicitud de la empresa YUEJIN AMERICAS MOTOR CO S.A.,
referente a la fabricación de camiones livianos para uso urbano, para el
mercado local y la exportación, con la finalidad de obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo el establecimiento
de una fábrica de camiones livianos para uso urbano, para el mercado
local y la exportación;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley.
II) que el proyecto presentado por YUEJIN AMERICAS MOTOR CO S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por YUEJIN AMERICAS MOTOR CO S.A., referente a la fabricación de camiones
livianos para uso urbano, para el mercado local y la exportación.