Cométese a la Unidad de Servicios de Comunicaciones (URSEC) el dictado
de los actos administrativos necesarios para la implementación en la
fecha indicada en el numeral precedente de la referida iniciativa, así
como su oportuna difusión a la población y las empresas usuarias con
antelación suficiente como para minimizar los costos asociados al cambio
de numeración.