PLAN DE NUMERACION APROBADO POR LA URSEC. VIGENCIA




Promulgación: 29/02/2008
Publicación: 14/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 640
VISTO: la resolución No. 429/04, de 27 de diciembre de 2004, emitida por
la Unidad de Servicios de Comunicaciones (URSEC);

RESULTANDO: I) que por la misma se aprobó el "Plan Nacional de
Numeración", elaborado en el marco del Proyecto de Modernización del
Estado - Sector Telecomunicaciones. (Convenio de Préstamo Nº 4598-UR), en
el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - Proyecto denominado
URU/01/010;

II) que su fecha de entrada en vigencia se había establecido para el
próximo día 1º de junio de 2008;

CONSIDERANDO: que luego del análisis realizado por las autoridades
nacionales con competencia en la materia referido en la nota del
Ministerio de Industria, Energía y Minería del pasado día 23 de enero del
corriente, se ha entendido conveniente fijar como nueva fecha de entrada
en vigencia del referido plan en el territorio nacional, el día 1º de
julio de 2010;

ATENTO: a lo expuesto, y la facultad de avocación consagrada por el art.
70 de la Ley No. 17.296, de 21 de febrero de 2001;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Dispónese que el "Plan Nacional de Numeración" aprobado por resolución 
de la Unidad de Servicios de Comunicaciones (URSEC) No. 429/04, de 27 de
diciembre de 2004, entrará en vigencia el día 1º de julio de 2010.

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 861/010 de 31/05/2010.
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 Cométese a la Unidad de Servicios de Comunicaciones (URSEC) el dictado 
de los actos administrativos necesarios para la implementación en la
fecha indicada en el numeral precedente de la referida iniciativa, así 
como su oportuna difusión a la población y las empresas usuarias con 
antelación suficiente como para minimizar los costos asociados al cambio 
de numeración.

3

 La Unidad de Servicios de Comunicaciones (URSEC) informará cada seis
meses al Ministerio de Industria, Energía y Minería, las medidas 
adoptadas a fin de instrumentar la reforma.

4

 Comuníquese, etc.-

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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