VISTO: La solicitud de la firma PLASTIR S.A., que se dedica a la
fabricación y ventas de artefactos ortopédicos y sillas de ruedas, con la
finalidad de obtener la declaratoria promocional para la actividad que se
propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la incorporación
de una máquina estampadora y una máquina armadora de ruedas de origen
chino;
CONSIDERANDO: 1) que la Comisión de Aplicación creada por el Art. 12º de
la Ley Nº 16.906, del 7 de enero de 1998, en base al informe de
evaluación y la recomendación realizados por el Ministerio de Industria,
Energía y Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento
de beneficios establecidos en la citada ley.
2) que el proyecto presentado por PLASTIR S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley Nº 16.906, del 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley Nº 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por PLASTIR S.A., referente a la elaboración de sillas de ruedas;