COMUNÍQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1er. y 2do. Turno, a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales, a la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la Dirección General de Registros (Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones) a sus efectos.