ADECUACION DE EXIGENCIAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE DOCUMENTOS DE CONTROL DEL TRABAJO QUE DEBEN CUMPLIR LAS OFICINAS DEL TRABAJO DE TODO EL PAIS




Promulgación: 06/09/2007
Publicación: 18/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 681

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 Cuando se hubieran agotado los renglones de la Planilla de Control de
Trabajo deberá registrarse la planilla complementaria el mismo día que
ingresa nuevo personal. En Montevideo, dicho registro podrá realizarse vía
internet, enviando un correo a la dirección identificada como
planillas@mtss.gub.uy. En el interior, a medida de que se materialice la
incorporación de las Oficinas de Trabajo a la red del Ministerio, se irán
creando las direcciones correspondientes a cada Oficina de Trabajo.
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