ADECUACION DE EXIGENCIAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE DOCUMENTOS DE CONTROL DEL TRABAJO QUE DEBEN CUMPLIR LAS OFICINAS DEL TRABAJO DE TODO EL PAIS




Promulgación: 06/09/2007
Publicación: 18/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 681

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 Cuando la planilla enviada vía internet no se pueda registrar por
contener errores, se dará un plazo de 3 días hábiles desde su
notificación, para que la empresa concurra personalmente a la IGTSS o a la
Oficina de Trabajo, según corresponda, a efectos de presentar la nueva
planilla corregida. Si cuando se presenta, se vuelven a detectar errores
se concederá un último plazo de 3 días hábiles para presentar la planilla
corregida. En caso de que la empresa no concurra en alguno de estos plazos
el trámite se tendrá por no realizado y deberá iniciarse nuevamente,
siendo responsabilidad exclusiva de la empresa, si por dicha razón es
sancionada por renovación fuera de plazo.
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