Visto: la nota del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) relacionada
con la clasificación de cueros industrializados para exportación
establecida por resoluciones de 10 de abril, 12 de agosto y 20 de
noviembre de 1969; 27 de abril y 30 de octubre de 1970; 16 de julio de
1971; 29 de agosto y 8 de octubre de 1975.
Resultando: que el Laboratorio mencionado propone incluir en dicha
clasificación nuevos tipos de cueros así como diversos ajustes a las ya
existentes.
Considerando: que las medidas sugeridas contemplan las necesidades del
sector.
Atento: a lo dispuesto por los incisos B), C) y D) del artículo 164 de
la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967,
El Ministro de Industria y Energía
RESUELVE:
Incorporar a la nómina de tipos de cueros para exportación tratados con
productos químicos importados en admisión temporaria los siguientes:
CUEROS VACUNOS
Tipo 3-3: Cuero bovino curtido vegetal, teñido y acabado (Plena flor).-
Espesor 1.0 a 2.0 mm., se denominará 3-3-B.
Tipo 5-8: Descarne curtido vegetal sin teñir y acabado.- Espesor: 0.7 -
1.2 mm., se denominará tipo 5-8-A; 1.3-2 mm., se denominará tipo 5-8-B;
2mm., y más, se denominará tipo 5-8-C.
Tipo 5-9: Descarne curtido vegetal, sin acabar.
CUEROS LANARES
Tipo M: Cuero ovino curtido, con lana teñida sin rasar.
Establecer los siguientes consumos, en gramos de productos químicos
importados en admisión temporaria para los tipos 3-3, 5-8, 5-9 y M para
los espesores que se indican y por kilo de cuero curtido exportado:
Tipo 3-3: Cuero bovino curtido vegetal, teñido y acabado (Plena Flor)
Consumo Espesor
Voz 1.0 a 2.0 mm.
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IB 3
ID 04
IIA 115
V 45
VI 30
VII 1050
VIII 2
IX 35
X 4
XI 30
XII 80
XIII 70
XIV 130
Tipo 5-8: Descarne curtido vegetal, sin teñir y acabado
Espesores
Consumo
Voz 0.7 a 1.2 mm. 1.3 a 2 mm. más de 2 mm.
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IA 90 90 90
IB 25 25 25
IC 2 2 2
IIA 80 80 80
V 92 92 92
VI 220 185 165
VII 1000 1000 1000
VIII 19 19 19
X 6 6 6
XI 75 50 35
XII 128 86 59
XIII 38 25 17
XIV 156 164 72
Tipo 5-9: Descarne curtido vegetal, sin acabar
Voz Consumo
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IA 90
IB 25
IC 2
IIA 80
V 92
VI 165
VII 1000
X 6
Tipo M: Cuero ovino curtido, con lana teñida sin rasar
Voz Consumo
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IA 216
IE 90
IIA 206
III 320
IV 234
V 90
VI 275
VIII 158
IX 100
X 12
En todos los tipos mencionados en este numeral los consumos de la Voz IV
se refieren a Bicromato de Sodio; en caso de emplearse Sales de Cromo los
consumos serán el doble de los autorizados.
Modificar la denominación del tipo de cuero 3-1 establecida por la
resolución de 8 de octubre de 1975 la cual quedará redactada de la
siguiente manera: "Cuero bovino curtido vegetal sin teñir y acabado (Plena
Flor)".
Modificar la denominación del tipo de cuero 3-2 establecida por la
resolución de 8 de octubre de 1975 la cual quedará redactada de la
siguiente manera: "Cuero bovino curtido vegetal, sin teñir y acabado (Flor
corregida)".
Modificar el consumo de 400 g/kg. fijado por la Voz IV por la resolución
de 8 de octubre de 1975 para el tipo H: cueros ovinos con lana, teñido
solamente el cuero, acabado agamuzado del lado carne, estableciéndolo en
200 gramos por kilo de cuero curtido exportado.
Modificar la denominación establecida por resolución del 10 de abril de
1969 para "Ternero gamuzón Espesor: 0.7 a 1.2 mm., se denominará tipo 2-1-
B (gamuza)" la cual quedará redactada de la siguiente manera: "Espesor 0.5
a 1 mm., se denominará tipo 2-1-B".