PROTECCION NORMATIVA AL VENADO DE CAMPO. OZOTOCEROS BEZOARTICUS




Promulgación: 12/09/1994
Publicación: 21/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 573

3

  Los intercambios de venado de campo entre instituciones zoológicas del
país, serán realizados previa autorización de la División Fauna de la
Dirección General de Recursos Naturales Renovables.
  A tales efectos deberán solicitar la inspección técnica correspondiente
para la aprobación de las instalaciones en donde serán mantenidos en
cautividad.
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