FIJACION DE LOS OBJETIVOS MINIMOS DE RECUPERACION Y VALORIZACION DE ENVASES POST-CONSUMO NO RETORNABLES




Promulgación: 28/04/2021
Publicación: 06/05/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   (Bebidas no alcohólicas y aguas). A partir del 1° de enero de 2025, los fabricantes, embotelladores e importadores de bebidas no alcohólicas y aguas, que comercialicen sus productos en envases plásticos, en cualquiera de sus presentaciones, sólo podrán hacerlo en envases que contengan al menos un 40% (cuarenta por ciento) en peso, de material reciclado.

   La Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental establecerá los mecanismos de control.
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