REGISTRO DE ESTADO CIVIL. NACIMIENTOS. INSCRIPCIONES




Promulgación: 24/06/1912
Publicación: 01/07/1912

Resumen:

Dispónese la inscripción en el Registro de Estado Civil y el procedimiento
a seguir en los Juzgados de Paz, de las personas nacidas en el territorio
de la República y cuya inscripción hubiera sido omitida desde determinada fecha.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Ley Nº 7.393 de 12/07/1921 artículo 1,
      Ley Nº 5.654 de 02/04/1918 artículos 1 y 2,
      Ley Nº 4.837 de 03/04/1914 artículos 1 y 2.


		
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