El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 78/025 de 28/02/2025.
Artículo 4
El sistema de Alerta Amber Uruguay estará a cargo del Ministerio del Interior, que lo integrará al protocolo del Departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes, y sus actividades se coordinarán con la Fiscalía General de la Nación, el Poder Judicial, el INAU y el Sistema Nacional de Emergencias, sin perjuicio de la participación de otros organismos públicos, que podrán ser convocados para los fines propuestos.