El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 78/025 de 28/02/2025.
Artículo 15
El Ministerio del Interior deberá utilizar la tecnología necesaria para la ubicación de las personas -de cualquier edad- que se encuentren ausentes. La reglamentación establecerá las herramientas a utilizar que puedan contribuir a la identificación de la persona ausente.