APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 228

   Créanse en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", programa 320 "Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios", unidad ejecutora 005 "Dirección General de Servicios Ganaderos", en el marco de lo dispuesto por el artículo 174 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, las siguientes tasas:

1) Tasa de expedición de Pasaporte Equino Único por primera vez,
   abonándose al momento de la solicitud de expedición 276,90 UI
   (doscientas setenta y seis con 90/100 unidades indexadas).

2) Tasa de expedición de Pasaporte Equino Único por renovación,
   abonándose al momento de la solicitud de expedición 276,90 UI
   (doscientas setenta y seis con 90/100 unidades indexadas).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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