APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 140

   Increméntase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y Represión del Delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", la partida prevista en el artículo 89 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 184 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en $ 513.706 (quinientos trece mil setecientos seis pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldo y cargas legales.

   La erogación resultante se financiará con cargo a los créditos presupuestales del grupo 0 "Retribuciones Personales", objeto del gasto 092.000 "Partidas Globales a Distribuir", de la misma unidad ejecutora.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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