REGULACIÓN DEL SISTEMA DE TARJETAS DE DEBITO, INSTRUMENTOS DE DINERO
ELECTRÓNICO Y TARJETAS DE CRÉDITO CAPÍTULO I - DEL SISTEMA DE MEDIOS DE PAGO ELECTRÓNICO
Artículo 2
(Sujetos intervinientes en el sistema de medios de pago electrónico).- El sistema de medios de pago electrónico está integrado, entre otros, por los siguientes sujetos:
A) Emisor: institución regulada por el Banco Central del Uruguay que
emite tarjetas de débito o crédito o instrumentos de dinero
electrónico.
B) Adquirente: entidad que celebra contratos de afiliación con los
comercios adherentes al sistema.
C) Comercio: sujeto de derecho que haya adherido al sistema a través
de la firma de un contrato con el adquirente.
D) Usuario: sujeto de derecho que, de acuerdo a lo previsto en el
contrato con el emisor, se encuentra habilitado para el uso de
los medios de pago electrónico que regula la presente ley.