TIPIFICACION DE DELITOS Y MODIFICACION DEL CODIGO PENAL




Promulgación: 15/08/2014
Publicación: 27/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 218
Reglamentada por:
      Decreto Nº 345/020 de 18/12/2020,
      Decreto Nº 377/016 Derogada/o de 05/12/2016.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 (Datos registrales de las armas de fuego).- El Ministerio de Defensa
Nacional, a través del Servicio de Material y Armamento del Ejército,
brindará al Ministerio del Interior, en un plazo no mayor de cuarenta y
ocho horas, la información relativa a los datos registrales de las armas
de fuego, así como la identificación de sus titulares.
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