REGULACION Y CONTROL DEL CANNABIS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2250
Reglamentada por:
      Decreto Nº 56/023 de 16/02/2023,
      Decreto Nº 246/021 de 28/07/2021,
      Decreto Nº 282/020 de 05/10/2020,
      Decreto Nº 128/016 de 02/05/2016,
      Decreto Nº 46/015 Derogada/o de 04/02/2015,
      Decreto Nº 372/014 de 16/12/2014,
      Decreto Nº 120/014 de 06/05/2014.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV
DEL INSTITUTO DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL CANNABIS
CAPÍTULO I CREACIÓN

Artículo 19

 Compete a la Junta Nacional de Drogas la fijación de la política nacional
en materia de cannabis según los objetivos establecidos en el artículo
anterior, contando para ello con el asesoramiento del Instituto de
Regulación y Control del Cannabis (IRCCA). Este adecuará su actuación a
dicha política nacional.

El IRCCA se vinculará y coordinará con el Poder Ejecutivo a través del
Ministerio de Salud Pública.

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