APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 215

   Increméntase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el
Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social", programa 501
"Relaciones y condiciones laborales", unidad ejecutora 007 "Inspección
General del Trabajo y la Seguridad Social", la partida anual asignada por
el artículo 578 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en $
8.902.843 (ocho millones novecientos dos mil ochocientos cuarenta y tres
pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales. (*)
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