APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 181

   Autorízase al Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", en el
programa 423 "Información y Registro sobre Personas Físicas y Bienes",
unidad ejecutora 018 "Dirección General de Registros", a reasignar hasta
la suma de $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos), para la
Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 095.002 "Fondos para
Contratos Temporales de Derecho Público", desde el objeto del gasto
559.000 "Transferencias Corrientes a Otras Instituciones Sin Fines de
Lucro" de la Financiación 1.2 "Recursos de Afectación Especial". En el
importe a reasignar se entenderán incluidos aguinaldo y cargas legales.
   La Dirección General de Registros verterá a Rentas Generales el monto
equivalente a la reasignación que se realice al amparo del inciso
precedente, en la forma que determine la reglamentación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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