SEGURIDAD OPERACIONAL DE LA AERONAUTICA CIVIL




Promulgación: 23/10/2009
Publicación: 17/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1300
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 (Delegación de atribuciones).- Sin perjuicio de las competencias que
legal o reglamentariamente se desconcentren en las dependencias de la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, el
Director Nacional podrá delegar, por resolución fundada y bajo su
responsabilidad, las atribuciones que entienda necesario o conveniente en
funcionarios de su dependencia.
Ayuda