LEY DE PROCESO CONCURSAL




Promulgación: 23/10/2008
Publicación: 03/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1860
Referencias a toda la norma

Artículo 145

 (Ventajas en favor de acreedores).- Cuando una propuesta contenga
ventajas en favor de uno o varios acreedores o de una o varias clases de
créditos, además de las mayorías establecidas en el artículo 144, será
necesario que voten a favor de la propuesta acreedores que representen una
porción del pasivo no beneficiado superior a la correspondiente a aquellos
acreedores que hubieran votado en contra.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 214 y 255 (vigencia).
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