Ver vigencia: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 2, 242 (derógase lo
relativo al "Programa Uruguay Trabaja" y manteniéndose vigentes los
mecanismos de financiación establecidos en el marco de dicha normativa).
Reglamentada por: Decreto Nº 222/008 de 23/04/2008.
(Requisitos de inscripción).- Podrán inscribirse para participar en el
Programa las personas residentes en el país, mayores de 18 años de edad y
menores de 65 años de edad, que reúnan las siguientes condiciones:
A) (*)
B) Haber permanecido en situación de desocupación laboral en el país
por un período no inferior a dos años, inmediatamente anterior a
la fecha de inicio de cada proceso de inscripción. Se considera
que hasta 150 jornales registrados en ese período constituyen
trabajos zafrales o empleos temporarios que no inhabilitan la
inscripción. (*)
C) Integrar hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica,
conforme a criterios estadísticos de acuerdo a lo que disponga la
reglamentación, teniéndose en cuenta, entre otros, los siguientes
factores: ingresos del hogar, condiciones habitacionales y del entorno,
composición del hogar, características de sus integrantes y situación
sanitaria.
A los efectos de esta ley se entiende por hogar, el núcleo constituido
tanto por una persona como aquel integrado por un grupo de personas,
vinculadas o no por lazos de parentesco, que al menos para la
alimentación dependan de un fondo común. (*)
(*)Notas:
Literal A) derogado/s por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 230.
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 302.
Literal B) redacción dada por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 231.
Inciso 2º) ver vigencia: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 2.
Literal B) ver vigencia: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.240 de 27/12/2007 artículo 5.