DERECHO A LIBERTAD DE EXPRESION. RADIODIFUSION COMUNITARIA




Promulgación: 22/12/2007
Publicación: 09/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1540
Reglamentada por: Decreto Nº 417/010 de 30/12/2010.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 2

 (Derecho al uso equitativo de frecuencias radioeléctricas).- El espectro
radioeléctrico es un patrimonio común de la humanidad sujeto a
administración de los Estados y, por tanto, el acceso equitativo a las
frecuencias de toda la sociedad uruguaya constituye un principio general
de su administración.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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