La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua podrá ajustar su actuación a los principios generales y reglas de procedimiento administrativo vigentes para la Administración Central, sin perjuicio de la normativa específica que a dichos efectos apruebe. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 249.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.598 de 13/12/2002 artículo 11.