(Puerto Libre).- Declárase aplicable al Aeropuerto Internacional de
Carrasco "General Cesáreo L. Berisso", en lo pertinente, el régimen de
puerto libre establecido en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 16.246, de
8 de abril de 1992, debiendo la reglamentación establecer los límites
territoriales respectivos. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 376/002 de 28/09/2002.
Ver en esta norma, artículo:24.