MEDIOS DE COMUNICACION - RADIOAFICIONADOS




Promulgación: 11/07/2002
Publicación: 16/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 83

Artículo 2

 La instalación de las antenas deberá ser de tipo profesional, de acuerdo 
a los principios técnicos en la materia y conforme a las normas 
municipales vigentes que fueren aplicables.
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