CREACION DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCION AL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 31/05/2001
Publicación: 01/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1511
Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social 
derogada/o por: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 1.
Reglamentada por: Decreto Nº 199/001 de 31/05/2001.
Referencias a toda la norma

I - CONTRIBUCION PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 8

 Materia imponible.- La materia imponible estará constituida por la 
contraprestación correspondiente a la entrega de la cosa o por el valor 
del bien importado.

En el caso de entrega de bienes, la alícuota se aplicará sobre el importe 
total neto contratado o facturado, excluido el Impuesto al Valor 
Agregado.

En las importaciones la alícuota se aplicará sobre la suma del valor en 
aduana más el arancel, incrementada en hasta un 21,75% (veintiuno con 
setenta y cinco por ciento). (*)
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