Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social
derogada/o por: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 1.
Reglamentada por: Decreto Nº 199/001 de 31/05/2001.
I - CONTRIBUCION PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 15
Afectación.- Aféctase al Banco de Previsión Social la recaudación del
impuesto creado por el artículo 1º de la presente ley, con excepción de
los montos establecidos en el artículo 22 de la misma.