LEY DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE




Promulgación: 28/11/2000
Publicación: 12/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 932
Reglamentada por:
      Decreto Nº 222/019 de 05/08/2019,
      Decreto Nº 152/013 de 21/05/2013.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 8

 (Coordinación).- Corresponde al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio 
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la coordinación 
exclusiva de la gestión ambiental integrada del Estado y de las entidades 
públicas en general.

Además de las competencias asignadas en forma específica a ese 
Ministerio, corresponderán al mismo todas aquellas materias ambientales, 
aun sectoriales, no asignadas legalmente a otra entidad pública.

Dicho Ministerio podrá delegar en autoridades departamentales o locales 
el cumplimiento de los cometidos de gestión ambiental, previo acuerdo con 
el jerarca respectivo y en las condiciones que en cada caso se 
determinen. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21.
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