Ver vigencia: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 298.
Reglamentada por: Decreto Nº 320/999 de 01/10/1999 (Reglamentación
Técnica de los Alojamientos Privados para Adultos Mayores).
Créase una Comisión Honoraria de asesoramiento en la materia prevista
por la presente ley, que funcionará en la órbita del Ministerio de
Salud Pública y estará integrada por cinco miembros: un representante
del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá; un delegado de la
Facultad de Medicina que tendrá la calidad de médico con posgrado en
geriatría y gerontología; un representante del BPS; un delegado designado
por los hogares privados sin fines de lucro a que refiere la presente
ley y un representante de las Asociaciones de Jubilados y Pensionistas
que integran los Registros Nacionales respectivos del Programa de
Ancianidad del BPS.