Ver vigencia: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 298.
Reglamentada por: Decreto Nº 320/999 de 01/10/1999 (Reglamentación
Técnica de los Alojamientos Privados para Adultos Mayores).
CAPITULO III - DE LA INSTALACION DE SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS
Artículo 11
Los representantes legales de los establecimientos con fines de lucro
declararán, de acuerdo con la reglamentación de la presente ley, las
modalidades de pago y los montos establecidos en los contratos verbales
o escritos, que celebren terceros o alojados, con los representantes
mencionados. (*)