DECLARACION DE INTERES GENERAL EL RIEGO CON DESTINO AGRARIO




Promulgación: 03/09/1997
Publicación: 11/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 546
Reglamentada por: Decreto Nº 366/018 de 05/11/2018.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL USO PRIVATIVO DEL AGUA DE DOMINIO PUBLICO CON DESTINO A
RIEGO

Artículo 9

  (Cesión del permiso).- Durante el plazo de vigencia del permiso de riego
éste podrá ser cedido por escrito con autorización de la autoridad
competente y de acuerdo con la reglamentación. A esos efectos el
cesionario deberá contar con un plan de uso y manejo de suelos y aguas
aprobado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Toda cesión que no cumpla con los requisitos anteriores será nula de pleno
derecho y podrá dar lugar a la revocación del permiso.
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