RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 331

  La reglamentación a dictarse establecerá las sanciones al empleador en
caso de infracción a las obligaciones que le impone la presente ley.

  Será de aplicación el régimen sancionatorio establecido en el artículo
289 de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 211/993 de 12/05/1993.
Referencias al artículo
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