SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
La Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado afectará el 50% (cincuenta por ciento), de la suma que recaude anualmente, por concepto de fondos extrapresupuestales, a fin de procurar la nivelación de la máxima compensación al grado dispuesta por el artículo 26 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, para todos los funcionarios de los escalafones A, B, C, D, E y F. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 391/993 de 02/09/1993.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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