SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 100
Establécese que los Comisarios Inspectores de Policía Femenina, (PF),
ascenderán al grado de Inspector Mayor, de conformidad al artículo 146 de
la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, no existiendo, a partir del
grado de Inspector Mayor, distinción entre personal masculino y femenino,
en el subescalafón ejecutivo.