RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO X - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 601

    Las mayorías especiales exigidas por las disposiciones del artículo 7º
y de los literales C) y N), del artículo 12 de la ley 15.785, de 4 de
diciembre de 1985, se entenderán siempre en relación a siete miembros,
cualquiera sea el número de integrantes del Directorio.
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