Habilítase una partida por única vez de N$ 8:688.000 (nuevos pesos
ocho millones seiscientos ochenta y ocho mil), equivalente a U$S 48.000
(dólares de los Estados Unidos de América cuarenta y ocho mil), a fin de
atender el pago al Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, del aporte
nacional para la puesta en marcha del Convenio para la Erradicación de la
Fiebre Aftosa en la Cuenca del Plata.